COLABORACIÓN CON LA JUSTICIA

Colaboración con las Autoridades Mexicanas en materia de Seguridad y Justicia, en cumplimiento a los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (la “Ley”) y al artículo Tercero Transitorio del “ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia y modifica el plan técnico fundamental de numeración, publicado el 21 de junio de 1996”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2015, así como sus modificaciones publicadas el 28 de diciembre de 2017 y el 2 de abril de 2018.
La información del Área Responsable para atender los requerimientos de información de Autoridades Facultadas y Designadas sobre datos conservados (las “Autoridades Facultadas”), localización geográfica en tiempo real de los dispositivos o equipos terminales móviles y órdenes judiciales de intervención de comunicaciones es la siguiente: Nombre del Autorizado: OCTATICS, S.A. DE C.V. (“OCTATICS”) Dirección para recibir documentación física: Av. 10 Oriente 212, Local 56, Colonia Centro, Código Postal 06700, Puebla, Pue. Correo electrónico: legales@octaticsbienestar.com.mx

1) Procedimiento para atender requerimientos de Datos Conservados: a) Las Autoridades Facultadas deberán dirigir los oficios con requerimiento de información a OCTATICS, S.A. DE C.V., en su carácter de Autorizado para establecer y operar o explotar una comercializadora de servicios de telecomunicaciones. b) Para requerir información de datos conservados, atentamente se sugiere a las Autoridades Facultadas utilizar el “Formato para la Gestión de Requerimientos de Información en Materia de Seguridad y Justicia”, identificado como “Anexo” I de los Lineamientos de Colaboración en materia de Seguridad y Justicia de la Ley. c) OCTATICS dará respuesta a los requerimientos de las Autoridades Facultadas, entregando la información solicitada, únicamente cuando dichos requerimientos sean emitidos por las Autoridades Facultadas y el oficio de requerimiento de información cumpla con todos los requisitos previstos en los ordenamientos legales aplicables. d) Todo oficio de requerimiento de Autoridad Facultada será contestado proporcionando la información solicitada o explicando los motivos por los cuales no es posible entregarla. e) Las respuestas de OCTATICS serán comunicadas a las Autoridades Facultadas en la vía y forma que fueron solicitadas.
2) Procedimiento para atender requerimientos de Localización Geográfica en Tiempo Real de los dispositivos o equipos terminales móviles: a) Las Autoridades Facultadas deberán dirigir los oficios con requerimiento de información al autorizado para establecer y operar o explotar una comercializadora de servicios de telecomunicaciones OCTATICS, S.A. DE C.V. b) Las Autoridades Facultadas deberán proporcionar una dirección electrónica institucional para que la información de la geolocalización sea enviada a través de correos electrónicos. Así mismo deberá de mencionar la periodicidad temporal en la que los correos electrónicos deban ser enviados. c) La información que se entregará en cada correo electrónico será la siguiente: i) Número telefónico ii) Fecha (día, mes y año) iii) Coordenadas geográficas (longitud y latitud) iv) Tipo de localización: (Exacta (GPS), Triangulación (3 antenas) y Referenciada (1 antena). v) OCTATICS dará respuesta a los requerimientos de las Autoridades Facultadas, entregando la información solicitada, únicamente cuando dichos requerimientos sean emitidos por las Autoridades Facultadas y el oficio de requerimiento de información cumpla con todos los requisitos previstos en los ordenamientos legales aplicables. vi) Todo oficio de requerimiento de Autoridad Facultada será contestado proporcionando la información solicitada o explicando los motivos por los cuales no es posible entregarla. vii) Las respuestas de OCTATICS serán comunicadas a las Autoridades Facultadas en la vía y forma que fueron solicitadas.
3) Procedimiento para atender Órdenes Judiciales de Intervención de Comunicaciones: a) Toda orden de intervención de comunicaciones deberá ser fundada y autorizada por Juez Federal, y deberá ser notificada de manera física al domicilio de OCTATICS. b) OCTATICS informará si existió o no la posibilidad técnica para intervenir las comunicaciones de los equipos solicitados por el Juez Federal.

Legales

Contacto

Si quieres contactarnos llama al *444 desde tu celular o al 55 9331 1394 desde cualquier teléfono en un horario de 9:00 a 21:00 hrs de lunes a domingo.

@ 2023 Octatics S.A de C.V. para todos. Todos los derechos reservador